D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210610-42)
Convenio –  Convenio específico de 31 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la decoración de varios espacios de la zona de Radioterapia Oncológica ubicada en la planta -1 del Edificio General del Hospital Universitario “12 de Octubre”
7 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 192

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 137

Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio
Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que
para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Que con fecha 11 de octubre de 2018 se suscribió el convenio marco entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la
Fundación Aladina (en adelante “la Fundación”), para la implantación del programa “Apoyo emocional” que permita el desarrollo de diversas actividades, orientadas a proporcionar
apoyo emocional a los pacientes oncológicos infantiles y adolescentes que reciben asistencia en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, con el fin de mejorar la calidad de
vida de los niños, adolescentes con cáncer y de sus familias y cuidadores, que mejore en definitiva la humanización de la asistencia sanitaria.
Tercero
Que la cláusula primera de dicho convenio marco, determina que, en su desarrollo, podrán suscribirse los convenios específicos que delimiten las actuaciones concretas y los
compromisos que acuerden las partes, dentro de las líneas de colaboración que establece el
propio convenio marco y entre las que se encuentra la mejora de espacios mediante la realización de obras o cualquier otra actuación que se traduzca en una mayor comodidad del
paciente y de sus familiares.
Cuarto
Que en desarrollo de la cláusula primera del convenio marco, se suscribe este convenio específico con el objeto de potenciar la realización de actividades dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes en los
hospitales del Servicio Madrileño de Salud y en particular ejecutar la actuaciones previstas
en el Anexo I, que se llevarán a cabo en el Hospital Universitario “12 de Octubre”.
Quinto
Que el Hospital Universitario “12 de Octubre” está adscrito al Servicio Madrileño de
Salud, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 308/2019, de 26 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del
Servicio Madrileño de Salud.
Sexto
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.

Que la Fundación Aladina es una organización sin ánimo de lucro, clasificada y registrada por Orden ministerial de fecha 8 de febrero de 2006, domiciliada en la calle Tomás
Bretón, números 50-52, 3.o oficina 5, Madrid 28045, incluida entre las entidades reguladas
por los artículos 16 a 25 ambos inclusive, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y
que de conformidad con los artículos 5 y 6 de sus Estatutos, por los que se establecen los
fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e
implementarán las actuaciones de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

BOCM-20210610-42

Séptimo