D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210610-41)
Convenio –  Adenda de 20 de mayo de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y Oximesa, S. L., para la implantación del Programa “Escuela de Salud Respiratoria y Pulmonar”, en el marco de la Escuela Madrileña de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 190

JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 137

Cuarto
Que es prioridad de la Consejería de Sanidad facilitar un sistema sanitario cercano que
sin disminuir su calidad científico-técnica destaque la importancia de la dimensión humana en la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. En este marco nació la Escuela Madrileña de Salud, con objeto de fomentar la autonomía y la capacidad de autocuidado de las personas.
Quinto
Que se produce una confluencia en sus objetivos por lo que las partes consideran de
interés el mantenimiento de esta colaboración para mantener el Programa “Escuela de Salud Respiratoria y Pulmonar” destinado a los ciudadanos.
Sexto
Que la cláusula octava del convenio prevé una vigencia inicial de dos años desde el día
de la perfección con el consentimiento de las partes entendiendo por tal el día en que el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar por períodos anuales hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante acuerdo escrito, salvo que medie
denuncia expresa de una de las partes, formulada con una antelación mínima de dos meses
a la terminación de la vigencia del convenio o de sus prórrogas.
Séptimo
Que la vigencia del convenio finaliza el 9 de julio de 2021 y no se ha producido denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, estas desean mantener la colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.
Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de
prórroga con la siguiente:
CLÁUSULA
Única
Prórroga del convenio

BOCM-20210610-41

Conforme a lo dispuesto en la cláusula octava del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 10 de julio de 2021 y el 9 de julio de 2022, ambas fechas inclusive.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.
Madrid, a 20 de mayo de 2021.—Por la Comunidad de Madrid: el Consejero de Sanidad en funciones, Enrique Ruiz Escudero.—Por Oximesa, S. L.: el Apoderado, Jorge Ramón Huertas Colomina.
(03/19.041/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791