D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210610-58)
Convenio –  Adenda de 20 de mayo de 2021, de prórroga del convenio de colaboración de la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte (actualmente Consejería de Educación y Juventud), y la Embajada de la República de Bulgaria para la autorización de uso de aulas en centros educativos de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 137

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación y Juventud
58

ADENDA de 20 de mayo de 2021, de prórroga del convenio de colaboración de
la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte (actualmente Consejería de Educación y Juventud), y la Embajada de la República de
Bulgaria para la autorización de uso de aulas en centros educativos de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 20 de mayo de 2021.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ossorio Crespo, Consejero de Educación y Juventud, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 63/2019, de 19 de agosto, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Educación y Juventud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto) y
conforme a la atribución de competencias que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de
13 de diciembre, el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril y los artículos 1 y 2 del Decreto 288/2019, de 12 noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud y demás disposiciones aplicables.
De otra parte, en representación de la Embajada de la República de Bulgaria en España, el Excmo. Sr. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Bulgaria ante el Reino de España, D. Aleksey Elenkov Andreev, nombrado mediante Decreto
núm. 49 del 16 de febrero de 2021 del Presidente de la República de Bulgaria.
Ambas partes, se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente adenda de prórroga y, en su virtud
EXPONEN
Primero
Que con fecha 12 de julio de 2017, ambas partes formalizan un convenio de colaboración que tiene por objeto la autorización para el uso temporal de las aulas en centros educativos en la Comunidad de Madrid a la Embajada de la República de Bulgaria, para la realización de un curso de lengua, cultura y civilización búlgara.
Segundo
Que, hasta la fecha, se han cumplido los objetivos propuestos en la firma del convenio.
Tercero

Cuarto
Que ambas partes expresan su voluntad de continuar desarrollando una actuación conjunta en el ámbito expresado y acuerdan suscribir una adenda de prórroga, que se regirá por
las siguientes

BOCM-20210610-58

Que según se establece en la cláusula séptima del convenio de colaboración, la vigencia del mismo es de cuatro años y se extenderá desde el día 1 de septiembre de 2017 hasta
el día 31 de agosto de 2021. No obstante, en cualquier momento, antes de la finalización
del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga
por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción, según se recoge en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.