Camarma de Esteruelas (BOCM-20210609-51)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
Pág. 282

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

k) Licencias de actividades e instalaciones y cualesquiera otras que se relacione directamente con la actividad urbanística.
(…)
Art. 7.
EPÍGRAFE
1. Otorgamiento de licencias de obras urbanísticas y de actividad y control de
declaraciones responsables en obras y actuaciones sujetas a las mismas:
1.1. De obras mayores y menores, sobre presupuesto de ejecución material, 0,60
por 100.
1.2. Alineaciones y rasantes en zona urbana
1.3. Alienaciones y rasantes en zona rústica
1.4. Segregaciones, divisiones, agregaciones y uniones de fincas:
a) En zona urbana (metro cuadrado)
b) En zona rústica (metro cuadrado)
No obstante, la tasa a satisfacer por el epígrafe 1.1 no será inferior en ningún
caso a 500 pesetas (3 euros) y en el epígrafe 1.4 no será inferior en ningún caso
a 3.000 pesetas (18,03 euros), cuantía que se señala como tarifa mínima.
1.5. Primera ocupación de viviendas y locales, sobre presupuesto de ejecución
material, 0,60 por 100.
1.6. Cédula urbanística
2. Tramitación y gestión de expedientes administrativos:
2.1. Proyectos de urbanización, sobre presupuesto de ejecución material, 0,60
por 100.
2.2. Programas de actuación urbanística, planes parciales y especiales de
ordenación, estudios de detalle, parcelaciones y reparcelaciones, proyectos,
bases, estatutos y constitución de juntas de compensación y de entidades
urbanísticas colaboradoras, expropiación forzosa a favor de particulares,
expedientes contradictorios de ruina y cualesquiera otros de naturaleza
administrativa que se relacionen directa o indirectamente con la actividad
urbanística (metro cuadrado)
(…)

TARIFA
Euros

60,10
30,05

0,06
0,01

18,03

0,02

BOCM-20210609-51

El resto de artículos de la ordenanza permanece con igual contenido.
Segundo.—La presente modificación de la ordenanza entrará en vigor al día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
En Camarma de Esteruelas, a 31 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Pedro
Valdominos Horche.
(03/18.926/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791