Madrid número 40 (BOCM-20210609-174)
Procedimiento 886/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

Pág. 463

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
174

MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 886/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ION MIRICA frente a FOGASA y AVILES GARCIA OCIO SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por D. ION MIRICA contra la empresa AVILES
GARCIA OCIO SL, y declaro improcedente el despido efectuado el 19-05-2020, y no
siendo posible la readmisión por cierre del centro de trabajo declaro extinguida la relación
laboral que liga a las partes condenando a la empresa a estar y pasar por esta resolución y
a abonar a la parte actora las cantidades que a continuación se desglosan en concepto de
indemnización:
INDEMNIZACION: 582,89 euros.
Todo ello con la responsabilidad que en su caso corresponda al Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo quecontra ella podrán interponer Recurso de Suplicación anteel Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciadopor comparecencia, o mediante escrito en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la notificación deesta Sentencia, o por simple manifestación en el momento enque se le practique la
notificación. Adviértase igualmenteal recurrente que no fuera trabajador o beneficiario delRégimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos,o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita,que deberá depositar la cantidad de 300 euros en lacuenta abierta
en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado con el num.-4684-0000-65-nº de expediente-año, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo
comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en la misma entidad a nombre de este juzgado, con el nº 4684-0000-69-nº
de expediente-año, la cantidad objeto de condena, siendo posible transferencia del importe a
la misma entidad, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la
responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al
momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

BOCM-20210609-174

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AVILES GARCIA
OCIO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.