Madrid número 34 (BOCM-20210609-168)
Procedimiento 858/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
168

MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 858/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. RAMON MUÑOZ GARCIA frente a SIARGAO DIRECTORSHIP, S.L.
e INTERCAMBIADORES EUROPEOS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la
siguiente resolución:
1.- Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente:
SE ADMITE PROVISIONALMENTE a trámite la demanda presentada, advirtiendo
a la parte demandante que deberá acreditar la celebración o el intento del acto de conciliación administrativa previa, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del
siguiente a la recepción de la notificación del presente Auto, bajo apercibimiento de que de
no hacerse así SE ARCHIVARÁ la demanda sin más trámite.
2.- Igualmente se requiere por 4 días bajo apercibimiento de archivo al demandante
para que concrete la demanda indicando los días festivos reclamados y sus importes.
3.- Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación
y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 23/02/2022, a las 10:30, en
la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de
Procedimiento Ordinario.
Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la
demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SIARGAO DIRECTORSHIP, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210609-168

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.542/21)

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ISSN 1989-4791