Madrid número 15 (BOCM-20210609-127)
Ejecución 126/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 136

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
127

MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 126/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIA DE LOS ANGELES DE PAZ LOPEZ frente a ANTONIO MOLINA STILO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON
En Madrid, a veintitrés de abril de dos mil veintiuno.
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 13.783,14 euros
de principal, y 2.756,00 euros, presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin
que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo
previsto en el Art. 276 de L.J.S, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que el
término de Quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes del deudor que le consten.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANTONIO MOLINA
STILO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210609-127

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.669/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791