Madrid número 9 (BOCM-20210609-115)
Ejecución 104/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Martín García, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 104/2021 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. NESTOR MARTINEZ DA SILVA frente a HARD SOFT SYSTEM
SL y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 150/02/2021 a favor
de la parte ejecutante, D./Dña. NESTOR MARTINEZ DA SILVA, frente a la demandada HARD SOFT SYSTEM SL, parte ejecutada, por un principal de 9.896,27 euros,
más 989,62 euros y 989,62 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la L.J.S., y pudiendo
alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento
(artículo 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado
abierta en el Banco Santander 2507-0000-64-0104-21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a HARD SOFT SYSTEM SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210609-115

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.612/21)

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ISSN 1989-4791