D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210609-28)
Convenio –  Convenio de 2 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, y la Federación de Rugby de Madrid para la organización de campus de promoción deportiva, detección de talentos y tecnificación en el Parque Deportivo “Puerta de Hierro”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

Pág. 221

La Federación se responsabilizará de los compromisos que adquiere a la suscripción del
presente convenio y, en los supuestos en los que proceda, tales como el destino de las instalaciones a fines distintos de los previstos en el convenio o el no mantenimiento de las instalaciones.
La Comunidad de Madrid tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor
de los daños y perjuicios causados como consecuencia de los incumplimientos que se pudieran producir por parte de la Federación.
Octava
Protección de datos de carácter personal
1. Las partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al cumplimiento
de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en este convenio serán tratados de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Los datos de carácter personal serán incorporados a la actividad de tratamiento de la Comunidad de Madrid. La información relativa a los destinatarios de los datos, la finalidad y las medidas de seguridad, así
como cualquier información adicional relativa a la protección de los datos personales se podrá consultar en el siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/gobierno/informacionjuridica-legislacion/proteccion-datos
Ante el responsable del tratamiento se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento.
Los firmantes prestan su consentimiento, además, para la cesión de los datos asociados a la firma al Registro de Convenios y al Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como para expedir copias del convenio.
Las partes utilizarán o aplicarán los datos personales única y exclusivamente conforme a las finalidades e instrucciones derivadas de este convenio, y no los comunicarán o cederán a otras personas, ni siquiera para su conservación.
Las partes adoptarán las medidas de seguridad, técnicas y organizativas necesarias para
evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a
que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
Las partes están obligadas a guardar el secreto profesional respecto de los datos de carácter personal que trate el cumplimiento del convenio, obligación que subsistirá aun cuando finalice la vigencia del mismo.
Una vez cumplidas las obligaciones convencionales y en el momento en que, en cumplimiento de las condiciones pactadas o legalmente previstas, finalice la relación entre ambas partes, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos, excepto en lo
que la normativa y/o decisiones judiciales pudieran establecer con respecto al mantenimiento temporal mínimo de ciertos datos que por su naturaleza así se requiera; el mismo
destino habrá de darse a cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
El incumplimiento de cualquiera de los párrafos anteriores será causa suficiente para
la rescisión del presente convenio, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier clase
en que se puedan incurrir por tal incumplimiento.
2. La Federación se responsabilizará del cumplimiento de todos aquellos aspectos de
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, que afecten a la propia gestión de sus campus
y participantes.

Grabaciones audiovisuales en la instalación
Sin menoscabo de la aplicación de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, la realización de grabaciones audiovisuales de carácter publicitario, comercial o similar en las instalaciones previstas en el presente convenio requerirá de autorización previa de la Comunidad de Madrid, debiendo proceder al abono del precio público establecido.

BOCM-20210609-28

Novena