B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210609-11)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se publica la relación definitiva de aspirantes que han superado el procedimiento de acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas, convocado por Resolución de 13 de mayo de 2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JUNIO DE 2021

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munidad.madrid/servicios/personal-educacion, “Funcionarios docentes”, “Procesos Selectivos”, “Catedráticos Secundaria y E.O.I. Acceso”.
Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten, si procede, la documentación referida a la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda de esta convocatoria, quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud de participación.
Tercero
Destino del Cuerpo de Catedráticos
De conformidad con lo previsto en el artículo 39.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, los funcionarios o funcionarias que accedan al Cuerpo de Catedráticos por esta convocatoria estarán exentos de la realización de la fase de prácticas.
En caso de que se haya accedido por la misma especialidad que estuviera ejerciendo
en el momento de la resolución del presente procedimiento, el personal funcionario permanecerá como Catedrático en el mismo destino que ocupaba en el Cuerpo de procedencia.
En caso de que se haya accedido por una especialidad diferente de la que estuviera ocupando en el momento de la resolución del presente procedimiento, quedará en excedencia
en el Cuerpo de Catedráticos en esa especialidad y solo será efectiva su incorporación como
Catedrático de la misma cuando obtenga vacante, a través de los procedimientos de provisión de puestos reglamentarios.
Cuarto
Nombramiento de funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Reglamento aprobado por el
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, una vez comprobado que todos los aspirantes declarados reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la
convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos remitirá las listas de seleccionados al Ministerio competente en materia de Educación, a efectos de su nombramiento y expedición de los correspondientes títulos.
Los nombramientos tendrán efectos del día 1 de septiembre de 2021 tal y como constará en la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Quinto
Recursos

BOCM-20210609-11

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al
de su publicación.
Madrid, a 1 de junio de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.