Madrid número 16 (BOCM-20210607-124)
Procedimiento 816/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 134

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124

MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 816/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. YUSLEIDY MORENO AGUILAR frente a F.O.G.A.S.A. y HOSTELERIA RENATO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora D./Dña. YUSLEIDY MORENO AGUILAR frente a FOGASA y HOSTELERIA RENATO SL sobre reclamación de
Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada HOSTELERIA RENATO SL
a que abone al trabajador la cantidad de 8.810,71 Euros, por los conceptos expresados, incrementando en un 10 por 100 los de naturaleza salarial.
Todo ello, sin efectuar especial pronunciamiento sobre FOGASA.
Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Inspección de Trabajo a los efectos oportunos.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su
tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen
Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la
cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2514-0000-00-0816-19 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo
de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de
Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif/cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2514-0000-00-0816-19.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HOSTELERIA RENATO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20210607-124

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes: