C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210607-13)
Personal control espectáculos públicos –  Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 134

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas
13

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los
listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de
abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo
del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el
Apartado Quinto de la Orden de 13 de julio, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación
de los defectos detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril,
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada,
los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación (calle Princesa,
número 5, primera planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión
expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro auxiliar de la
Consejería de Justicia, Interior y Víctimas (calle Carretas, número 4, de Madrid), así como
en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes citada, remitiendo al Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid
la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.

BOCM-20210607-13

Cuarto