Villa del Prado (BOCM-20210604-56)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 132

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

Pág. 139

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

VILLA DEL PRADO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del Decreto de Alcaldía número 2021/Decreto/00451, de 10 de mayo, del
Ayuntamiento de Villa del Prado (Madrid), por el que se aprueba las bases y la convocatoria para la concesión de ayudas a las familias por los servicios ópticos, logopédicos y odontológicos, por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2021.
BDNS: 566377

BOCM-20210604-56

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los/las progenitores o adoptantes de los/las niños niñas de 0 a 16 años que necesiten servicios odontológicos, servicio de logopedia, y odontológicos.
Segundo. Objeto.—Colaborar con los gastos familiares ocasionados por servicios
ópticos, logopédicos y odontológicos de los niños y niñas menores de 16 años que se realicen a través de profesionales, centros o consultas habilitadas para este tipo de servicios en
el municipio de Villa de Prado (Madrid).
Tercero. Cuantía individual de la ayuda e importe máximo.—Estas ayudas consistirán en un pago único, hasta el 20 por 100 del gasto justificado, con un límite máximo de 250
euros por menor.
Cuarto. Plazo y lugares de presentación.—La presentación de solicitudes se realizará desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta el 15 de noviembre
de 2021. La presentación se realizará de forma telemática o presencialmente en el registro
general del Ayuntamiento de Villa del Prado, o cualquier otro medio admitido por la Ley.
Quinto. Dotación presupuestaria.—Las concesiones de las ayudas tendrán como límite global la disponibilidad presupuestaria existente, correspondiente a la partida presupuestaria 231-48001.
En Villa del Prado, a 27 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Héctor Ortega Otero.
(03/19.442/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791