Madrid número 9 (BOCM-20210604-91)
Procedimiento 1315/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 132

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
91

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO NÚMERO 1315/2020 PROMOVIDO POR DON FRANCISCO JAVIER VILLACHEROS MIGUEL SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
PERSONA QUE SE CITA
NIELSEN CLIMA ESPAÑA, S. L., EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA
EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y, EN SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR DON FRANCISCO JAVIER VILLACHEROS MIGUEL SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN CALLE PRINCESA, NÚMERO 3
PLANTA TERCERA, 28008, SALA DE VISTAS NÚMERO FI1, UBICADA EN LA PLANTA TERCERA, EL DÍA 25/01/2022, A LAS 09:30 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a 21 de mayo de 2021.
DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/18.733/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210604-91

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la LJS).
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000,
de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS).
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.