Madrid (BOCM-20210603-67)
Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 152/2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 131

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía de este Tribunal Superior
de Justicia.
Modo de impugnación: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala de lo Social dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de esta sentencia. Siendo requisito
necesario que en dicho plazo se nombre al letrado que ha de interponerlo. Igualmente será
requisito necesario que el recurrente que no tenga la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Publico de la Seguridad Social o no gozare del derecho
de asistencia jurídica gratuita, acredite ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso haber
depositado 600 euros, conforme al artículo 229 de la LRJS, y consignado el importe de la
condena cuando proceda, presentando resguardos acreditativos de haber efectuado ambos
ingresos, separadamente en la cuenta corriente n.º 2827-0000-00-0152-21 que esta sección
tiene abierta en Banco Santander sita en PS. del General Martínez Campos, 35; 28010
Madrid, pudiendo en su caso sustituir la consignación de la condena en metálico por el aseguramiento de la misma mediante el correspondiente aval solidario de duración indefinida
y pagadero a primer requerimiento emitido por la entidad de crédito (art. 230.1 LRJS).
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo "observaciones o concepto de la transferencia", se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2827-0000-00-0152-21.
Una vez adquiera firmeza la presente sentencia, devuélvanse los autos originales al
Juzgado de lo Social de su procedencia, dejando de ello debida nota en los Libros de esta
Sección de Sala.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos".
Y para que sirva de notificación en legal forma a INTERCAMBIADORES
EUROPEOS, S. L.., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados
de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 10 de mayo de 2021
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210603-67

(03/17.022/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791