C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210603-15)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Soto del Real
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 131

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de Soto del Real.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Soto del Real, mediante escrito
fecha 9 de abril de 2021, de clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios
de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, por parte de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 14, 26 y la disposición transitoria sexta, del
Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto que en el expediente consta certificado de Secretaría del Acuerdo de Pleno de fecha 25 de marzo de 2021, por el que se acuerda la creación del puesto de Tesorería en la de
puestos de trabajo como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter nacional, Grupo A1, CD 28, certificado de Secretaría del Acuerdo de Pleno de
fecha 25 de marzo de 2021, por el que se modifica la plantilla de personal del Ayuntamiento y se incluye el puesto de Tesorería, como reservado a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, escrito de Alcaldía de solicitud a la Comunidad de Madrid de clasificación del puesto de Tesorería, de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Visto que el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, dispone que son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones
Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:
a) La de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.
b) El control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación. No obstante, en los municipios de
gran población se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Título X de dicha Ley, y en los
municipios de Madrid y de Barcelona, la regulación contenida en las Leyes 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y 1/2006, de 13 de
marzo, por la que se regula el régimen especial del municipio de Barcelona, respectivamente.
Visto que el artículo 14 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, establece que “en las corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o segunda existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería”. El artículo 26 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “corresponde a los Interventores-Tesoreros, cualquiera que sea su categoría, el desempeño de los puestos de trabajo que tengan
asignadas las funciones de Tesorería, cuando se trate de Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase primera o segunda”.
Visto que la disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo,
establece que “Las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda, y el puesto de Tesorería no esté reservada a la Escala de funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional a la entrada en vigor de este Real Decreto, deberán modificar su relación de puestos de trabajo y solicitar a la Comunidad Autónoma correspondiente la clasificación del puesto como reservado a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, para
su inclusión en los procedimientos de provisión ordinarios de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional”.
Visto que en relación con el expediente de clasificación del puesto de Tesorería del
Ayuntamiento de Soto del Real se debe concluir que la competencia para la creación del

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