Boadilla del Monte (BOCM-20210603-35)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 131

JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021

Pág. 201

d Titular: doña Alicia Valero Arean, Arquitecto del Ayuntamiento de Boadilla
del Monte.
Suplente: doña Casilda Sabater Alonso, Arquitecto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
d Titular: don José Ignacio Pérez Bermejo, Coordinador del Área de Parques,
Jardines y Zonas Verdes del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Suplente: don Miguel Ángel Blázquez Fernández, Coordinador del Área de
Actividades e Industria del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
d Titular: doña M.a José Espino Cercas, Técnico de Gestión del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte.
Suplente: doña Trinidad Muñoz García, Técnico de Gestión del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte.
o
5. La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser
recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si, transcurrido otro mes desde su interposición, no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso
contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril de 2014.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
RELACIÓN PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES EXCLUÍDAS
NÚM.

NOMBRE

DNI

CAUSAS
EXCLUSIÓN
A

1

LARRAÑAGA GONZALEZ, LEIRE

***0535**

2

ROVIRA RUBIO, PEDRO LUIS

***5685**

A

3

SANCHEZ DEL POZO, ALVARO

***7172**

B

4

SANTAMARIA IRIBAS, MIKEL

***8184**

C

A) Falta de presentación del DNI (base 4.5.a]).
B) Falta de acreditación del derecho a la bonificación de la tasa (base 4.5.b].1).
C) Presentación fuera de plazo (base 4.4).
En Boadilla del Monte, a 21 de mayo de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.
(01/18.460/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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