Torrelaguna número 2 (BOCM-20210602-112)
Procedimiento 91/2017
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 130

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
112

TORRELAGUNA NÚMERO 2
EDICTO

Don Diego García Delgado, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número
91/2017-B, instados por la procuradora doña María del Mar Pinto Ruiz, en nombre y representación de don Alberto Nieto Núñez, contra don Marcos Salvatierra Herbás, en reclamación de 6.260,50 euros, en los que se ha dictado en fecha 27 de julio de 2020 sentencia, cuyo
fallo es el siguiente:
Fallo

BOCM-20210602-112

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Alberto Nieto Núñez, representado por la procuradora de los tribunales doña María del Mar Pinto Ruiz y asistido
por la letrada doña Lourdes Gómez Benito, contra don Marcos Salvatierra Herbás, declarado en situación de rebeldía procesal, debo:
1 Condenar y condeno a don Marcos Salvatierra Herbás, a abonar a don Alberto Nieto Núñez la cantidad de 6.260,50 euros, más los intereses del artículo 576 de la LEC desde
la fecha de la presente sentencia.
2. Condenar y condeno a don Marcos Salvatierra Herbás a satisfacer las costas del
presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es
firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de
veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación, en la forma legalmente prevista,
siendo competente para el conocimiento de dicho recurso la Audiencia Provincial de
Madrid.
Así por esta sentencia lo acuerda, manda y firma doña María Ortega Benito, juez del
Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Torrelaguna y su partido.—Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Marcos Salvatierra Herbás y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Torrelaguna, a 4 de noviembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado)
(02/18.277/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791