Madrid número 99 (BOCM-20210602-97)
Procedimiento 1143/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 130

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
97

MADRID NÚMERO 99
EDICTO

Don Luis Jorge Rodríguez Díez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 99 de Madrid.

BOCM-20210602-97

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1143/2019, instados por la procuradora doña María Luisa Montero Correal, en nombre y representación de Tanji Gestión, S. L. U., contra Rentas Madrid Capital, S. L., en reclamación de 135.960,08 euros, en los que se ha dictado, en fecha 23 de septiembre de 2020,
sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que, estimando totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la
sociedad mercantil Tanji Gestión, S. L. U., contra la sociedad mercantil Rentas Madrid Capital, S. L., debo:
1.o Declarar que la parte demandada debe a la parte demandante 135.960,08 euros,
sin perjuicio de otras cantidades que pudiera adeudar en virtud del contrato a que se refiere este litigio por otros incumplimientos, más los intereses que se vayan devengando hasta
el completo pago de las rentas adeudadas.
2.o Condenar a la parte demandada a pagar a la parte demandante 135.960,08 euros,
más los intereses que se vayan devengando hasta el completo pago de las rentas adeudadas.
3.o Imponer a la parte demandada las costas de este procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que cabe interponer
recurso de apelación contra ella en el plazo de veinte días desde su notificación. Adviértase
a las partes de que para la interposición del recurso será necesario constituir depósito de 50
euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado.
Así, por esta sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Rentas Madrid Capital, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia
(firmado).
(02/18.127/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791