Ávila número 1 (BOCM-20210602-193)
Ejecución 47/2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 130

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
193

ÁVILA NÚMERO 1
EDICTO

D/Dª MARIA JESUS MARTÍN CHICO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de AVILA.
HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 47/2021 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN CARLOS
DE PAZ MUÑOZ contra la empresa AMAMBAY COMERCIALIZADORA, S.L., PERCHEL INVERSIONES SL, SEGLOBE, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“AUTO.- PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, JUAN CARLOS DE PAZ MUÑOZ, frente a AMAMBAY COMERCIALIZADORA, S.L., PERCHEL INVERSIONES SL, SEGLOBE, parte ejecutada, en forma solidaria,
por importe de 32.780,38 euros en concepto de principal (de los cuales 24,36 euros corresponden a intereses de demora), más otros 5.240 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de
ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de
Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a
los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución,
y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito
para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en
Santander, cuenta nº 0293 debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá
incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”.
Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades
Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.”.
“DECRETO.- PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

BOCM-20210602-193

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que
además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,
extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.