Madrid número 45 (BOCM-20210602-188)
Ejecución 2/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

Pág. 405

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
188

MADRID NÚMERO 45
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JUAN MIGUEL COLLADO BOYER LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 45 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 2/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de MARIO *** frente a COMARFU CENTRAL SL sobre Ejecución de títulos
judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 06/05/2021 cuya parte dispositiva es la siguiente:
“PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia de 22/03/2021 a favor de la parte
ejecutante D. MARIO POMA ARUQUIPA, D. NICASIO PALLARES GONZALEZ, D.
RAFAEL DURAN NOGALEZ, D. JUNIOR DANIEL HERRERA QUISPE, D. JOSE
RICARDO SIMBAÑA y D. JUANITO DURAN VEJAR, frente a la demandada COMARFU CENTRAL SL y FOGASA por un importa total de 65.178,93 euros en concepto de
principal, más 3.258,95 euros en concepto de intereses, más 6.517,89 euros en concepto de
costas provisionalmente, desglosado en las siguientes cuantías:
- D. MARIO POMA ARUQUIPA, 11.411,07 euros de principal y 1.711,66 euros intereses y costas.
- D. NICASIO PALLARES GONZALEZ, 15.182,96 euros de principal y 2.277,44
euros intereses y costas.
- D. RAFAEL DURAN NOGALEZ, 11.747,04 euros de principal y 1.762,06 euros intereses y costas. D. JUNIOR DANIEL HERRERA QUISPE, 7.139,36 euros de principal y
1.070,90 euros intereses y costas.
- D. JOSE RICARDO SIMBAÑA CAIZA, 7.813,56 euros de principal y 1.172,03
euros intereses y costas.
- D. JUANITO DURAN VEJAR, 11.884,93 euros y 1.782,74 euros intereses y costas.”
“PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo
por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

-Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten.”
Se hace saber a la parte ejecutada que las resoluciones están a su disposicion en la Secretaria de este Juzgado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COMARFU CENTRAL
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.

BOCM-20210602-188

Se acuerda el embargo de los saldos de COMARFU CENTRAL SL, a favor del ejecutado, en las entidades objeto de averiguación por este juzgado en cuanto sea suficiente para
cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por
requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.