B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210602-9)
Concurso de méritos –  Orden de 19 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 130

Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. Se recogen en Anexo los requisitos indispensables que han de reunirse para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia,
Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad, y titulación específica exigida, en su caso.
2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente, debiendo manifestarlo expresamente en la solicitud. Podrán, asimismo, participar los
funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales.
3. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha
de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que opten a puestos adscritos en la misma Consejería en que estén prestando servicio, sean titulares de un puesto obtenido por el
sistema de Libre Designación o se encuentren en alguno de los supuestos de adscripción
provisional previstos en el artículo 53 bis de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función
Pública de la Comunidad de Madrid.
A efectos del cómputo de los dos años al que se alude en el párrafo anterior, a los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo, Escala y/o Especialidad por promoción interna y permanezcan en el puesto de trabajo que venían desempeñando se les computará el
tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo, Escala y/o Especialidad de procedencia.
4. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
5. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
6. Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado
han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse
hasta la resolución del procedimiento.
Cuarto
1. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto). En el caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia entre las mismas.
2. A efectos de la valoración de los méritos de los candidatos, las solicitudes irán
acompañadas de:
a) En el caso de que los interesados hayan desempeñado puestos de trabajo con carácter definitivo en otras Administraciones Públicas en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, certificado emitido por
el Registro de Personal de la Administración correspondiente, en relación con los
destinos ocupados en dichas Administraciones durante el citado período, que deberá ser aportado por el interesado.
b) Documentación, original o copia cotejada, acreditativa de los méritos, preferentes
y no preferentes, que se aleguen.
3. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto
en la Resolución de 29 de agosto de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos,
por la que se dictan instrucciones para la emisión de los certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado.
4. Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios de la Comunidad de Madrid que se
encuentren prestando servicios en otra Administración Pública deberán en todo caso apor-

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Solicitudes