A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210601-1)
Regulación centros formación profesional –  Orden 1378/2021, de 19 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se regulan las aulas profesionales de emprendimiento en los centros educativos que impartan enseñanzas de formación profesional en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 129

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación y Juventud
ORDEN 1378/2021, de 19 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud,
por la que se regulan las aulas profesionales de emprendimiento en los centros
educativos que impartan enseñanzas de formación profesional en la Comunidad de Madrid.

El Consejo de la Unión Europea, en la Recomendación de 22 de mayo de 2018 relativa
a las competencias clave para el aprendizaje permanente, presta especial atención a favorecer
la competencia emprendedora, la creatividad y el sentido de la iniciativa, mediante el fomento, entre otras, de oportunidades entre los jóvenes estudiantes para que, como mínimo, lleven
a cabo una experiencia práctica de emprendimiento durante su formación académica.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 3, recoge los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, entre los cuales está promover acciones de formación que capaciten al
alumnado para el fomento de las iniciativas empresariales y del espíritu emprendedor que
contemplen todas las formas de constitución y organización de las empresas, ya sean estas
individuales o colectivas y, en especial, las de la economía social.
El Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
ordenación y organización de la formación profesional en la Comunidad de Madrid, señala en su artículo 6 que las aulas profesionales de emprendimiento se constituyen como una
estrategia para impulsar las habilidades personales y profesionales encaminadas a potenciar
el emprendimiento y el autoempleo. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía,
podrán desarrollar proyectos educativos de innovación y emprendimiento. La consejería
competente en materia de educación impulsará el desarrollo de estos proyectos, entre los
que se incluyen aquellos relacionados con aulas profesionales de emprendimiento, tal y
como se recoge en el artículo 29 del citado decreto.
Dentro de este marco, se pone en marcha la iniciativa de crear espacios de emprendimiento en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, que permitan establecer una estrategia
para impulsar las habilidades emprendedoras, imprescindibles en el nuevo marco socioeconómico hacia el que se dirige nuestra economía. La Asamblea de Madrid, en la resolución número 52/2017 del Pleno de la Asamblea, de 22 de septiembre de 2017, en relación con el Debate
sobre Orientación Política General del Gobierno, insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid
a promover e impulsar la creación de espacios de emprendimiento como medida para potenciar
el emprendimiento y el autoempleo entre los estudiantes de formación profesional.
Por todo ello, resulta necesario regular en los centros docentes de formación profesional los espacios en los que se trabajen de forma específica las competencias emprendedoras, a través de experiencias prácticas de creación de proyectos empresariales reales, facilitando al alumnado su inserción y desenvolvimiento en el mercado laboral, también como
trabajadores por cuenta propia. Así mismo, se pretende que estos espacios de emprendimiento se conviertan en polos tecnológicos de innovación que ofrezcan oportunidades de
mejora a las empresas de la Comunidad de Madrid desde los centros docentes con enseñanzas de formación profesional, dando respuesta a los retos tecnológicos, sociales y medioambientales reales del ámbito de actividad de las mismas. Todo ello permitirá convertir los
centros docentes de formación profesional en un referente activo de las políticas de innovación de la Comunidad de Madrid.
La presente norma se adecua a los principios de buena regulación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, respondiendo a los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Se ajusta a las
exigencias de los principios de necesidad y eficacia, puesto que regula las aulas profesionales
de emprendimiento, permitiendo dar respuesta a las nuevas oportunidades de negocio, así
como a los retos tecnológicos, sociales o medioambientales reales que desde el ámbito de la
actividad de las empresas puedan plantear a los centros de formación profesional. La orden
no se extralimita en sus disposiciones respecto a lo establecido en el Decreto 63/2019, de 16

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