Manzanares el Real (BOCM-20210601-53)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 129
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JUNIO DE 2021
Pág. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
MANZANARES EL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20210601-53
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de mayo
de 2021, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal de movilidad.
Y de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(http://manzanareselreal.sedelectronica.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobado el acuerdo.
En Manzanares El Real, a 19 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/18.141/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 149
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
MANZANARES EL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20210601-53
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de mayo
de 2021, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal de movilidad.
Y de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(http://manzanareselreal.sedelectronica.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobado el acuerdo.
En Manzanares El Real, a 19 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/18.141/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791