Madrid número 41 (BOCM-20210601-148)
Ejecución 22/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 129

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
148

MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María José González Huergo, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 22/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. ROGER IZQUIERDO AVENDAÑO frente a SATYGS ENERGY
SOLUTION S.L., FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 9.045,45 euros (5.041,17
euros de principal siendo 2.497,91 euros de indemnización, más 2.543,26 euros de salarios
de tramitación y 4.004,28 euros en concepto de indemnización y plus de distancia con respecto a D. ROGER IZQUIERDO AVENDAÑO) 904,54 euros de intereses y 904,54 euros
calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado SATYGS
ENERGY SOLUTION S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que
permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SATYGS ENERGY SOLUTION
S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210601-148

(03/16.501/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791