Madrid número 18 (BOCM-20210531-146)
Procedimiento 13/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 128

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
146

MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 13/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de Dña. ESTEFANIA GORDILLO GARCIA, Dña. MARTA RUBIO SEGURA,
Dña. MINERVA GONZALEZ VELASCO, Dña. VIRGINIA BELEN GONZALEZ GOMEZ, Dña. CRISTINA GOMEZ MEDINA y Dña. NOELIA CALVIÑO ALVAREZ frente a DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL y ACCOUNT
CONTROL-IUS&AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimando la demanda presentada por Dña. Cristina Gómez Medina, Dña. Marta Rubio Segura, Dña. Virginia Belén González Gómez, Dña. Estefanía Gordillo García, Dña.
Minerva González Velasco y Dña. Noelia Calviño Álvarez frente a Dentoestetic Centro de
Salud y Estética Dental SL y Account Control-Ius & Aequitas Administradores Concursales SLP, se condena a la empresa DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA
DENTAL SL abonar a:

CRISTINA GOMEZ MEDINA
MINERVA GONZALEZ VELASCO
MARTA RUBIO SEGURA
VIRGINIA B. GONZALEZ GOMEZ
NOELIA CALVIÑO ALVAREZ
ESTEFANIA GORDILLO GARCIA

CANTIDAD
8.626,27 €
6.729,53 €
5.265,87 €
3.840,15 €
5.794,68 €
1.619,17 €

INTERÉS POR MORA
862,6 €
672,9 €
526,5 €
384,0 €
579,4 €
161,9 €

Debiendo la Administración Concursal y el FOGASA, en tal carácter, estar y pasar por
esta resolución.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2516-0000-00-0013-21.

BOCM-20210531-146

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por
comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al
recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni
gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
con n.o 2516-0000-00-0013-21 del Banco Santander aportando el resguardo acreditativo;
así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.