Madrid número 40 (BOCM-20210531-208)
Procedimiento 118/2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 31 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 128

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
208

MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Lucia Castellano Vázquez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 118/2021 (autos 1381/2020-R)
de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Laura Batista Pereira, frente
a Fondo de Garantía Salarial y Barlovento Madrid, S. L., se ha dictado auto en fecha 14 de
mayo de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:

BOCM-20210531-208

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña
María Laura Batista Pereira, frente a la demandada Barlovento Madrid, S. L., parte ejecutada, por un principal de 11.655,83 euros, más 582,79 euros y 1.165,58 euros de intereses
y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 4684-0000-64-0118-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistradajuez, doña Yolanda Martínez Álvarez.— El magistrado-juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Barlovento Madrid, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 14 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/18.022/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791