Boadilla del Monte (BOCM-20210531-68)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 128

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 2407/2021, de fecha 17 de mayo, cuya parte dispositiva
resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta del tribunal calificador efectuada tras sesión celebrada con
fecha 14 de mayo de 2021 para la resolución del proceso selectivo convocado para la cobertura en propiedad, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de
Técnico Medio de Medioambiente del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, encuadrada en
la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, Grupo A, Subgrupo A2, en favor de la persona que a continuación se relaciona, segunda aspirante que ha obtenido la calificación definitiva más elevada:
APELLIDOS Y NOMBRE
ROMÁN BARBERO, MARÍA

D.N.I.
***3306**

CALIFICACIÓN
7,98

2.o Disponer, en virtud de lo dispuesto en la base 13.a de las específicas que rigen la
convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para la presentación por la aspirante propuesta de la documentación acreditativa
de los requisitos y condiciones de capacidad exigidos en la base 3.a, a efectos de su nombramiento como funcionaria de carrera.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal
(http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artícu-

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Nº ORDEN
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