Madrid número 41 (BOCM-20210531-213)
Ejecución 81/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
213

MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 81/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE ANTONIO SANCHEZ RUBIO frente a SMDB INVERSIONES Y CONSULTORIA, S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha
dictado resolución cuya parte dispositiva se acompaña:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D.
JOSE ANTONIO SANCHEZ RUBIO, frente a la demandada SMDB INVERSIONES Y
CONSULTORIA, S.L., parte ejecutada, por un principal de 1.424,77 EUROS (que corresponden a 1302,47 euros más el 10% de interés anual de 1223 euros), más 142,47 EUROS
y 142,47 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 5052-000064-0081-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.—Firmado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SMDB INVERSIONES
Y CONSULTORIA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a cinco de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210531-213

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.430/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791