Torres de la Alameda (BOCM-20210531-83)
Contratación. Mesa contratación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 234
LUNES 31 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 128
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
TORRES DE LA ALAMEDA
CONTRATACIÓN
Se hace público, a los efectos de lo dispuesto en el epígrafe 7 de la disposición adicional segunda, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que por decreto del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, número 2021-0890, de 17 de
mayo de 2021, se resolvió lo siguiente:
Primero.—Aprobar la modificación de la Mesa de Contratación Permanente, para asistir al órgano de contratación Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en los procedimientos de adjudicación, que sean competencia de la Alcaldía-Presidencia.
Segundo.—Determinar que la composición de la Mesa de Contratación Permanente,
para asistir al órgano de contratación Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Torres de
la Alameda, un vez producidas las modificaciones será la siguiente:
CONDICIÓN
MIEMBRO
Titular
Carlos Sáez Gismero.
Alcalde-Presidente.
Suplente
Doña Alba Montejano Catalán. Concejala del Ayuntamiento.
Vocal 1
Secretario de la Corporación
Don Pedro Vizuete Mendoza.
Vocal 2
Interventora Municipal
Doña M.ª Luisa Ruano Berzal.
Vocal 3
Titular
Don Daniel Álvarez Rodríguez.
Técnico municipal.
Suplente
Don Javier Calvo Calonge.
Técnico Municipal.
Titular
Doña Pilar Morante Carrasco.
Funcionaria, Administrativa de administración General.
Suplente
Don Jesús Moreno López de la Nieta, Funcionario, Oficial Policía Local.
Secretaria
Tercero.—Determinar que el funcionamiento de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Torres de Alameda se ajustará a las siguientes normas:
1. Para la válida constitución de la Mesa deberá estar presente en la misma la mayoría absoluta sus miembros y en todo caso, el presidente, el secretario de la Mesa y los dos
vocales que tengan atribuida la función de asesoramiento jurídico y la función de control
económico-presupuestario.
2. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que solo tendrá voz.
3. Los titulares serán sustituidos por los respectivos suplentes, sin necesidad de nombramiento previo.
4. A la vista de la dificultad o complejidad que cada expediente de contratación pueda tener, se podrán incorporar a la Mesa de Contratación permanente, por decisión de su
presidente, personal de la Corporación o asesores especializados que resulten necesarios,
según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuaran con voz pero sin voto.
5. En caso de empate, se repetirá la votación y de persistir el empate el voto del presidente tendrá será voto de calidad decisorio.
Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados.
Quinto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el “perfil del contratante” y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de
Torres de la Alameda, para conocimiento general.
Sexto.—La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de firma, sin perjuicio de
las publicaciones indicadas en el punto anterior.
En Torres de la Alameda, a 18 de mayo de 2021.—El secretario, Pedro Vizuete Mendoza.
(03/17.853/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210531-83
CARGO
Presidente
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TORRES DE LA ALAMEDA
CONTRATACIÓN
Se hace público, a los efectos de lo dispuesto en el epígrafe 7 de la disposición adicional segunda, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que por decreto del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, número 2021-0890, de 17 de
mayo de 2021, se resolvió lo siguiente:
Primero.—Aprobar la modificación de la Mesa de Contratación Permanente, para asistir al órgano de contratación Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en los procedimientos de adjudicación, que sean competencia de la Alcaldía-Presidencia.
Segundo.—Determinar que la composición de la Mesa de Contratación Permanente,
para asistir al órgano de contratación Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Torres de
la Alameda, un vez producidas las modificaciones será la siguiente:
CONDICIÓN
MIEMBRO
Titular
Carlos Sáez Gismero.
Alcalde-Presidente.
Suplente
Doña Alba Montejano Catalán. Concejala del Ayuntamiento.
Vocal 1
Secretario de la Corporación
Don Pedro Vizuete Mendoza.
Vocal 2
Interventora Municipal
Doña M.ª Luisa Ruano Berzal.
Vocal 3
Titular
Don Daniel Álvarez Rodríguez.
Técnico municipal.
Suplente
Don Javier Calvo Calonge.
Técnico Municipal.
Titular
Doña Pilar Morante Carrasco.
Funcionaria, Administrativa de administración General.
Suplente
Don Jesús Moreno López de la Nieta, Funcionario, Oficial Policía Local.
Secretaria
Tercero.—Determinar que el funcionamiento de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Torres de Alameda se ajustará a las siguientes normas:
1. Para la válida constitución de la Mesa deberá estar presente en la misma la mayoría absoluta sus miembros y en todo caso, el presidente, el secretario de la Mesa y los dos
vocales que tengan atribuida la función de asesoramiento jurídico y la función de control
económico-presupuestario.
2. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que solo tendrá voz.
3. Los titulares serán sustituidos por los respectivos suplentes, sin necesidad de nombramiento previo.
4. A la vista de la dificultad o complejidad que cada expediente de contratación pueda tener, se podrán incorporar a la Mesa de Contratación permanente, por decisión de su
presidente, personal de la Corporación o asesores especializados que resulten necesarios,
según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuaran con voz pero sin voto.
5. En caso de empate, se repetirá la votación y de persistir el empate el voto del presidente tendrá será voto de calidad decisorio.
Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados.
Quinto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el “perfil del contratante” y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de
Torres de la Alameda, para conocimiento general.
Sexto.—La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de firma, sin perjuicio de
las publicaciones indicadas en el punto anterior.
En Torres de la Alameda, a 18 de mayo de 2021.—El secretario, Pedro Vizuete Mendoza.
(03/17.853/21)
http://www.bocm.es
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