Alpedrete (BOCM-20210531-63)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63

ALPEDRETE
OTROS ANUNCIOS

BOCM-20210531-63

Por haberse producido renuncia del juez de paz sustituto, el Pleno del Ayuntamiento
deberá proponer una persona que, reuniendo las condiciones legales, así lo solicite, para que
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid realice el correspondiente nombramiento.
Los interesados en ocupar el referido puesto deberán presentar la solicitud acompañada del DNI y un currículum en las oficinas municipales en el plazo de quince días hábiles,
una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El cargo de juez de paz sustituto es incompatible:
— Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción.
— Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, comunidades autónomas, provincias y municipios y los organismos dependientes de ellos.
— Con el ejercicio de la abogacía y la procuraduría.
— Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
No podrá el juez de paz sustituto pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener
empleo al servicio de los mismos; y les estará prohibido tomar parte en las elecciones legislativas o locales, salvo para votar.
Podrá ser nuevamente propuesto el que viene desempeñando estas funciones, si lo solicita.
El candidato que resulte propuesto deberá informar si está afiliado o no a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si está o no colegiado como abogado o procurador ejerciente, así como si es o no funcionario o empleado de alguna administración pública y aportar el certificado negativo de antecedentes penales.
En Alpedrete, a 18 de mayo de 2021.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/17.987/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791