Móstoles número 2 (BOCM-20210529-16)
Procedimiento 834/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 127

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
16

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 834/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIO JOSE ANTUNES PEREIRA frente a EPSILON
TRACING, SL, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y D./Dña. EMILIANO MONTERO GARCIA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
“Estimo la demanda y condeno a EPSILON TRACING, S.L., en concurso, siendo la
Administración Concursal D. EMILIANO MONTERO GARCÍA, a abonar a D. MARIO
JOSÉ ANTUNES PEREIRA, la cantidad de 4.245’56 euros, de los cuales 567,70 euros corresponden a la indemnización por fin de contrato de trabajo temporal, incrementándose la
cantidad restante en 245,31 euros en concepto de 10% de interés anual por mora.
Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público
de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-00-0834-20 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda.
Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-00-0834-20.
Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EPSILON TRACING, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a cuatro de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210529-16

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.249/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791