Madrid número 3 (BOCM-20210529-9)
Ejecución 62/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 62/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. NURIA ESTHER BELINCHON OLMO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y ANGLON SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El presente procedimiento seguido entre las partes, de una como demandante Dña. NURIA ESTHER BELINCHON OLMO y de otra como demandada ANGLON
SERVICIOS INTEGRALES SL, consta sentencia, de fecha 4.3.2021 cuyo contenido se da
por reproducido.
SEGUNDO.- El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la/s condenada/s
haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada que en cuantía de 1.119,05
euros de principal (1.017,32 euros, más el 10%), solicita la parte ejecutante en escrito de fecha 17/03/2021.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, Dña.
NURIA ESTHER BELINCHON OLMO, frente a la demandada ANGLON SERVICIOS
INTEGRALES SL, parte ejecutada, por un principal de 1.119,05 euros, más 111,90 euros
de intereses calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado
D. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ.
EL MAGISTRADO
Y para que sirva de notificación en legal forma a ANGLON SERVICIOS INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno.

(03/16.246/21)

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