D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210529-3)
Convenio –  Adenda de 17 de mayo de 2021, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el servicio Madrileño de Salud y la Federación Autismo Madrid para la realización de actividades de mejora de la atención a los pacientes con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el ámbito sanitario
3 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 29 DE MAYO DE 2021

Pág. 39

la promoción de la participación de los pacientes como eje fundamental del sistema sanitario, a través de la relación con las asociaciones de pacientes.
Por razón de la modificación orgánica establecida en el citado Decreto, las referencias
existentes en el convenio a la Dirección General de Coordinación de la Atención al Ciudadano y Humanización de la Asistencia Sanitaria se entenderán efectuadas a la Dirección
General de Humanización y Atención al Paciente, las realizadas a la Dirección General de
Coordinación de la Asistencia Sanitaria, a la Dirección General del Proceso Integrado de
Salud y las efectuadas a la Dirección General de Planificación, Investigación y Formación
a la Dirección General de Investigación, Docencia y Documentación.
Tercero
Que el Servicio Madrileño de Salud es un ente de Derecho Público con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y
establecimientos sanitarios dependientes del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento. Asimismo, el artículo 4 en sus apartados a) y c) de este Decreto recoge entre los fines del Servicio Madrileño de Salud la atención integral de la salud en todos los ámbitos
asistenciales y el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y seguridad de los
servicios sanitarios.
Cuarto
Que la Federación Autismo Madrid tiene entre sus fines fundacionales la mejora de la
calidad de vida de las personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) y de sus familias,
procurando una mayor accesibilidad a los servicios sanitarios de la red pública sanitaria en
toda su dimensión, así como contribuir a la formación y concienciación de los profesionales.
Quinto
Que es una prioridad de la Consejería de Sanidad facilitar una asistencia sanitaria personalizada y de calidad, sin olvidar el papel que tiene el paciente y las asociaciones de pacientes en la determinación de este objetivo.
Sexto
Que la colaboración mantenida como consecuencia del convenio ha contribuido a los
fines y objetivos de las partes, a la vez que se aprecia confluencia de objetivos de interés
general, por lo que resulta de interés continuar dicha colaboración.
Séptimo

Octavo
Que la vigencia del convenio finaliza el 5 de junio de 2021 y no se ha producido denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, éstas desean mantener la colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.
Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de
prórroga con la siguiente:

BOCM-20210529-3

Que la cláusula octava del convenio dispone que el convenio estará vigente desde el día
siguiente al de su firma y tendrá una duración de cuatro años. Podrá prorrogarse por períodos
bienales mediante acuerdo escrito, salvo que medie denuncia expresa de una de las partes, formulada con una antelación mínima de dos meses, hasta un máximo de otros cuatro años.