B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210528-15)
Profesores de religión –  Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación y Juventud, de la Comunidad de Madrid, por la que se abre el plazo para la actualización de los méritos para una eventual convocatoria de procedimiento de adjudicación de vacantes provisionales para profesores de religión para el curso 2021-2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 126

VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

Pág. 93

ANEXO III-B
DOCUMENTO GUÍA PARA ALEGACIONES
(Procedimiento de Actualización de méritos para Profesores de Religión)
Apellido 1º

Apellido 2º

Nombre

NIF/NIE

{

PRIMARIA

{

Marque una X en la casilla correspondiente a “Dato a reclamar”

Puntuación
de referencia

SECUNDARIA
Dato a
reclamar

A. EXPERIENCIA DOCENTE (Máximo 25 años)
A.1. Experiencia docente como profesor de religión en Centros Públicos del mismo nivel educativo
Por cada año

(1,000)

Por cada mes

(0,083)

A.2. Experiencia docente como profesor de religión en Centros Públicos de distinto nivel educativo
Por cada año

(0,500)

Por cada mes

(0,041)

A.3. Experiencia docente como profesor de religión en Centros Privados sostenidos con fondos públicos
Por cada año

(0,250)

Por cada mes

(0,020)

B. MÉRITOS ACADÉMICOS (Máximo 6 puntos)
B.1.1 Doctorado
Doctorado en ciencias eclesiásticas

(4,000)

Otros Doctorados

(2,000)

B.1.2 Título oficial de Master (RD 1393/2007, de 29 de octubre)

(1,000)

B.1.3 Titulaciones de segundo ciclo
Titulaciones de segundo ciclo en ciencias eclesiásticas

(4,000)

Titulaciones de segundo ciclo

(2,000)

B.1.4 Titulaciones de primer ciclo
Titulaciones de primer ciclo en ciencias eclesiásticas

(2,000)

Titulaciones de primer ciclo

(1,000)

B.2 Titulaciones de Enseñanza en Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica
B.2.1. Por cada título de Música o Danza: Grado Medio

(1,000)

B.2.2: -Por cada Certificado de nivel C2 de Escuelas Oficiales de Idiomas

(2,000)

-

Por cada Certificado de nivel C1 de Escuelas Oficiales de Idiomas

(1,500)

-

Por cada Certificado de nivel B2 de Escuelas Oficiales de Idiomas

(1,000)

-

Por cada Certificado de nivel B1 de Escuelas Oficiales de Idiomas

(0,500)

C.1. Por cursos impartidos o superados relacionados con la enseñanza de la religión de la
confesión correspondiente, organizados por los órganos de Formación del Profesorado de la
Comunidad de Madrid o las Autoridades Eclesiásticas respectivas :por cada crédito
C.2 Por cursos y otras actividades de formación como la participación en seminarios,
congresos, grupos de trabajo, relacionados con las didácticas, la organización escolar o las
Tecnologías de la Información y la Comunicación, organizados por la Comunidad de Madrid u
otras instituciones de formación del profesorado, así como la participación en seminarios,
congresos, etc. : por cada crédito (Máximo 4 PUNTOS)

(0,400)

(0,100)

(0,050)

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Modelo: 219FO2

(03/18.441/21)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210528-15

B.2.3. Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo
Superior o de Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.
C. CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO (Máximo 10 puntos)