Madrid número 39 (BOCM-20210528-186)
Procedimiento 516/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 126

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
186

MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 516/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO MENACHO OREJUELA frente a Fogasa y OMEGA CGR TELECOM S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Estimando en parte la demanda interpuesta por D. Antonio Menacho Orejuela, frente a
la empresa OMEGA GCR TELECOM S.L. y el FOGASA, en reclamación de cantidad, debo
condenar y condeno a la citada empresa; al abono al demandante de la suma de 3.750,00
euros, en concepto de cantidad salarial bruta reclamada, que deberá ser incrementada con el
recargo del 10% de interés por mora.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
DILIGENCIA.- De conformidad con lo previsto en el art.97.4 de la Ley Reguladora
de la Jurisdicción Social, se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no
es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN ante el Tribunal Superior de Justicia dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de esta
resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado
social o su representante al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo
o bien por comparecencia o escrito de las partes, de su abogado, graduado social o de su representante dentro del plazo indicado.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar
el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 4283 en el BANCO DE SANTANDER, sita en la Calle Princesa, 3 de Madrid, sucursal 1033.
Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en virtud de lo establecido en el art. 229.1 de la nueva ley reguladora de la jurisdicción social, la suma de 300
euros en concepto de depósito en dicha cuenta, haciendo constar en el ingreso el número
de procedimiento.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OMEGA CGR TELECOM S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210528-186

Si el recurrente fuera Entidad Gestora, deberá presentar ante el Juzgado al anunciar su
recurso, certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación de pago periódico y que lo proseguirá puntualmente durante la tramitación del recurso. Doy fe.