Madrid (BOCM-20210528-44)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Organización Área Gobierno Vicealcaldía
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 126

Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana.
3.1. Coordinación General de Distritos, Transparencia y Participación Ciudadana.
3.1.1. Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración.
3.1.1.1. Subdirección General de Coordinación Técnica de los
Distritos.
3.1.1.2. Subdirección General de Desconcentración, Acción Territorial y Estudios.
3.1.2. Dirección General de Transparencia y Calidad.
3.1.2.1. Subdirección General de Transparencia.
3.1.2.2. Subdirección General de Calidad y Evaluación.
3.1.3. Dirección General de Atención a la Ciudadanía.
3.1.3.1. Subdirección General de Atención a la Ciudadanía.
3.1.3.2. Subdirección General de Coordinación de Servicios y Portal Institucional.
3.1.4. Dirección General de Participación Ciudadana.
3.1.4.1. Subdirección General de Participación Ciudadana e Innovación.
3.1.4.2. Oficina de Colaboración Participada, con rango de Subdirección General.
3.1.4.3. Subdirección General de Planificación e Inversión Territorial.
3.1.5. Oficina de Protección de Datos, con rango de Subdirección General.
4. Área Delegada de Internacionalización y Cooperación.
4.1. Dirección General de Cooperación y Ciudadanía Global.
4.1.1. Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación Internacional al Desarrollo.
4.1.2. Subdirección General de Internacionalización.
4.1.3. Subdirección General de Fondos Europeos.
2. Las competencias en materia de protección de datos atribuidas a la Coordinación
General de Distritos, Transparencia y Participación Ciudadana en el apartado 7.o, serán
ejercidas hasta que se apruebe por el Pleno la adaptación de la organización del Ayuntamiento de Madrid a lo previsto en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos”.
Dos. En el apartado 6.o, se modifican los puntos 3 y 4, que quedan redactados en los
siguientes términos:
“3. Gastos.
3.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios correspondientes a la coordinación general y a las direcciones generales dependientes del Área Delegada, cuyo importe sea superior
a 60.000 euros y no supere los 120.000 euros.
3.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
4. Contratación.
Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios
correspondientes a la coordinación general y a las direcciones generales dependientes del
Área Delegada, cuyo importe sea superior a 60.000 euros y no supere los 120.000 euros”.
Tres. En el apartado 7.o, se modifica la letra a) del punto 2.1 y se añaden los nuevos
puntos 2.3, 6 y 7, que quedan redactados en los siguientes términos:
“a) Mantener las relaciones entre el Pleno del Ayuntamiento y las Áreas de Gobierno
con los Distritos, a través de los instrumentos necesarios para garantizar su coor-

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