Madrid número 9 (BOCM-20210528-124)
Ejecución 94/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 126

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 94/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. AGUSTIN BORDALLO DE HARO frente a DERECONS KIMAKI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuyo contenido es el siguiente:
Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 18/03/2021 a favor de la parte ejecutante, D. AGUSTIN BORDALLO DE HARO, frente a la demandada DERECONS KIMAKI SL, parte ejecutada, por un principal de 11.218,10 EUROS,
más 1.121,81 EUROS y 1.121,81 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir
oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo
alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento
(art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen
de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0094-21.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DERECONS KIMAKI
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiocho de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210528-124

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.179/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791