Madrid número 24 (BOCM-20210528-157)
Ejecución 92/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 126

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
157

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 92/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. FERNANDO BORREGUERO GARCIA frente a LIVEMARKETS
EAFI SA, PRIME SELECT SL, LIVEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL,
D./Dña. DANIEL PUERTA ARRANZ, BACKINTIME SL, MULTIACUERDO SL, LIFE
MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI SL y ADDICIONA MULTICOMERCIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante D.FERNANDO BORREGUERO GARCIA frente a MULTIACUERDOS SL, BACKINTIME SL, LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XXI, SL, PRIME SELECT, SL,
LIVEMARKETS EAFI, SA, ADDICIONA MULTICOMERCIAL, SL y LIFEMARKETS
REALTY FINACIAL PLANNING SL de manera solidaria a las empresas co-demandadas
BACKINTIME, SL, LIFE MARKETS GESTIÓN INMOBILIARIA XX1 SL, PRIME SELECT SL, LIVEMARKETS EAFI, SA, MULTIACUERDOS SL, ADDICIONA MULTICOMERCIAL SL y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING SL.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2522-0000-64-0090-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.

Y los anteriores escritos únanse a los autos de su razón y dese traslado de copia a las
otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 10/09/2020, a las empresas BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L., PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS
EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL PLANNING S.L., y de manera solidaria a las codemandadas BACKINTIME S.L., LIFE MARKETS GESTION INMOBILIARIA XXI S.L.,
PRIME SELECT S.L., LIVEMARKETS EAFI S.A., MULTIACUERDOS S.L., ADDICIONA MULTICOMERCIAL S.L. y LIFEMARKETS REALTY FINANCIAL
PLANNING y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se
celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 8 - 28008, el
día 10/06/2021, a las 11:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida
forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la
tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o
legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Sirviendo la notificación de esta resolución como citación en legal forma.

BOCM-20210528-157

D./Dña. JACOB JIMÉNEZ GENTIL.
EL MAGISTRADO-JUEZ