Chapinería (BOCM-20210527-40)
Urbanismo. Modificación puntual normas subsidiarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

CHAPINERÍA
URBANISMO

BOCM-20210527-40

En cumplimiento del acuerdo adoptado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 785/2021, de 22 de
abril, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 102, de 30 de
abril de 2021, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Chapinería, relativa a los “Cambio de calificación urbanística de parcela situada en avenida de los Cañales, número 19, de equipamiento a infraestructuras”, a iniciativa de este Ayuntamiento de Chapinería, se procede a la publicación de la
normativa urbanística aplicable de la referida modificación, conforme dispone el artículo 66.1.b)
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, con el siguiente contenido:
“Art. 7.2. Protección del medio ambiente.
7.2.7. Desarrollo de actividades diversas.
Las actividades se encuentran sometidas al régimen específico de aplicación que les
corresponde siendo, entre otras:
— Espectáculos públicos y actividades recreativas. Real Decreto 2816/1982, del Ministerio del Interior.
— Espectáculos taurinos. Orden del Ministerio de la Gobernación, de 15 de marzo
de 1962.
En el caso de las instalaciones sometidas al Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por
el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los
criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, tanto la implantación de
nuevos establecimientos como su clausura se someterán a lo dispuesto en el artículo 3.4 del
mencionado Real Decreto”.