Madrid (BOCM-20210527-35)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 125

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 25 de mayo de 2021, por el que se aprueba la concesión de un
suplemento de crédito, por importe de 7.245.509,12 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área Delegada de Deporte y Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad).
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (9/2021), ordinaria celebrada el día 25 de
mayo de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 7.245.509,12 euros
en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área Delegada de Deporte y Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad), con el detalle de las aplicaciones presupuestarias
que corresponden a este suplemento de crédito que se recogen en las dotaciones del anexo.
La citada modificación se financia con remanente de tesorería para gastos generales obtenido de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2020”.
ANEXO
CENTRO
001
001
001
001
001
001

SECCIÓN
131
131
131
131
131
150

PROGRAMA
34201
34201
34201
34201
34201
17101

ECONÓMICO
62200
62302
62599
62601
63200
21000

DENOMINACIÓN
EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES
ÚTILES Y HERRAMIENTAS
OTRO MOBILIARIO Y ENSERES
EQUIPOS PARAPROCESO DE DATOS
EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES (REFORMA)
REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE
BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL
TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITO

IMPORTE
100.000,00
403.000,00
36.000,00
9.000,00
840.000,00
5.857.509,12
7.245.509,12

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo 1
Capítulo 2
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
Capítulo 9
TOTAL

Altas

GASTOS
Bajas

TOTAL

5.857.509,12

5.857.509,12

1.388.000,00

1.388.000,00

7.245.509,12

7.245.509,12

Mayor

INGRESOS
Menor

TOTAL

7.245.509,12

7.245.509,12

7.245.509,12

7.245.509,12

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 25 de mayo de 2021.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/18.886/21)

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