Cabanillas de la Sierra (BOCM-20210527-38)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 125
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021
Pág. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38
CABANILLAS DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169,3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, al que se remite el artículo 177.2 de dicho texto y el artículo 20.3 en relación con
el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Se hace público, para general conocimiento, que esta Corporación, en sesión plenaria
de 5 de abril de 2021, adoptó el acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse
presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 2 de concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito, que afecta al vigente presupuesto de
esta Corporación.
Concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito aprobados, resumidos
por capítulos:
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
DENOMINACIÓN
IMPORTE
920-22608
Premios, Concursos y Certámenes
4.500,00.
933-60900
Otras inversiones nuevas en infraestructuras
y bienes destinados al uso general
36.000,00.
933-60900
Obras en C/ Madrid.
35.000,00
TOTAL
75.500,00
BOCM-20210527-38
El anterior importe queda financiado de la siguiente forma: Por aplicación del remanente líquido de Tesorería para gastos generales. (870.00).
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985,
la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cabanillas de la Sierra, a 14 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Jaime García
San Martín.
(03/17.598/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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38
CABANILLAS DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169,3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, al que se remite el artículo 177.2 de dicho texto y el artículo 20.3 en relación con
el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Se hace público, para general conocimiento, que esta Corporación, en sesión plenaria
de 5 de abril de 2021, adoptó el acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse
presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 2 de concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito, que afecta al vigente presupuesto de
esta Corporación.
Concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito aprobados, resumidos
por capítulos:
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA
DENOMINACIÓN
IMPORTE
920-22608
Premios, Concursos y Certámenes
4.500,00.
933-60900
Otras inversiones nuevas en infraestructuras
y bienes destinados al uso general
36.000,00.
933-60900
Obras en C/ Madrid.
35.000,00
TOTAL
75.500,00
BOCM-20210527-38
El anterior importe queda financiado de la siguiente forma: Por aplicación del remanente líquido de Tesorería para gastos generales. (870.00).
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985,
la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cabanillas de la Sierra, a 14 de mayo de 2021.—El alcalde-presidente, Jaime García
San Martín.
(03/17.598/21)
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