Barcelona número 2 (BOCM-20210527-155)
Procedimiento 296/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
155

BARCELONA NÚMERO 2
EDICTO

Juicio: procedimiento ordinario número 296/2020- A.
Sobre: ordinario. Reclamación de cantidad.
Parte demandante/ejecutante: Claudiris Méndez Matos de Marmolejos.
Parte demandada/ejecutada: Expertus Servicios Hoteleros, S. L.
Don Rubén Bermejo Montull, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 2 de Barcelona.

BOCM-20210527-155

En este órgano judicial se tramita el procedimiento 296/2020-A, en el que se ha dictado una resolución de 12 de mayo de 2021.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada, Expertus
Servicios Hoteleros, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), he acordado citarle para que comparezca en la sede de
este órgano judicial el día 14 de diciembre de 2021, a las 09:55 horas, para la celebración de los
actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el letrado de la Administración de Justicia y el segundo ante la jueza.
Le advierto que debe concurrir con los medios de prueba de que intente valerse; si se
trata de la prueba documental debe presentarla debidamente ordenada y numerada.
Asimismo, le advierto que su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y de juicio, que continuarán sin necesidad de declarar su
rebeldía y que podrá ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.
Contra dicha resolución la parte puede interponer recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo
de tres días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la
infracción en que haya incurrido la resolución, además de los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución y en los artículos 186 y 187 de la LRJS.
La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este órgano judicial.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la
Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y la instrucción 6/2012 de la Secretaría General
de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines
oficiales y la protección de datos.
Y, para que sirva de notificación y de citación a Expertus Servicios Hoteleros, S. L.,
parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente
edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que
las siguientes comunicaciones se realizarán fijando una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo las resoluciones que deban revestir forma de auto o de sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, o resuelva un incidente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora
de la Jurisdicción Social (LRJS).
En Barcelona, a 13 de mayo de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/17.690/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791