Madrid número 1 (BOCM-20210527-75)
Ejecución 173/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
75

MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 173/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SOFIA EVELIN MARTINEZ ARROYO y D./Dña. MARIA
MILCIADES CHAVEZ RODRIGUEZ frente a LA CEVICUCHERIA SL sobre Ejecución
de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. SOFIA EVELIN MARTINEZ ARROYO y D./Dña. MARIA MILCIADES CHAVEZ RODRIGUEZ con la empresa LA CEVICUCHERIA SL, condenando a esta a que abone a SOFIA EVELIN MARTINEZ ARROYO la cantidad de 6.374,61 euros en concepto de indemnización, y la
cantidad de 14.056,20 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la
presente resolución y a MARIA MILCIADES CHAVEZ RODRIGUEZ la cantidad de
8.031,38 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 15.133,50 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por
transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-017320 y para pagos en ventanilla 2499-0000-64-0173-20.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA CEVICUCHERIA
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinte de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210527-75

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/15.890/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791