D) Anuncios - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210526-16)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y la Universidad Rey Juan Carlos, para la ejecución del programa interuniversitario para mayores de la Comunidad de Madrid durante 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MAYO DE 2021

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Sexta
Forma de pago de la aportación de la Consejería
Tal como se describe en la cláusula quinta apartado 2.a) del convenio, la Consejería se
compromete a abonar el importe correspondiente a 24.000 euros por año a la Universidad,
distribuido en dos semestres.
La financiación para sufragar por la Consejería, veinticuatro mil euros (24.000 euros),
se imputará al programa 231D partida 22804, del correspondiente presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid.
La ejecución de la actividad anual del “Programa”, se realizará por medio de la impartición de 12 seminarios de excelencia. Con carácter general, se programarán 6 seminarios
por semestre, con el siguiente calendario de referencia:
DESARROLLO ANUAL
Primer semestre (enero - junio)

PRESUPUESTO
12.000 €

Segundo semestre (julio a diciembre)
TOTAL

12.000 €
24.000 €

Al finalizar la celebración de los seminarios de cada semestre, la Universidad presentará la correspondiente factura, a razón de 2.000 euros por cada uno de los seminarios efectivamente impartidos. Solo se abonará a la Universidad aquellos seminarios efectivamente
impartidos.
Cada factura será conformada por la unidad administrativa competente de la Dirección
General de Atención al Mayor y a la Dependencia, de acuerdo con la justificación presentada por cada seminario.
Los gastos contemplados en la cantidad a aportar por la Comunidad de Madrid contribuyen a los conceptos que se indican en la cláusula quinta, apartado 2.a.
Descontada la aportación de los alumnos (10 euros por matrícula), a percibir por la Universidad, la financiación a sufragar por la Consejería será de 12.000 euros por semestre.
Séptima
Personal
1. El personal que desarrolle las actividades contenidas en el programa dependerá de
la Universidad o, en su caso, de la entidad a quien esta le haya encomendado la ejecución
de alguna de dichas actividades.
2. El personal contratado o dependiente a través de cualquier vinculación jurídica
con la Universidad o con las personas o entidades por ella contratadas para la realización
de actividades objeto del presente convenio, no tendrá ninguna relación de carácter laboral,
contractual o de cualquier otro tipo con la Consejería.
Octava
1. La Universidad se compromete a que las dependencias e instalaciones en las que
se lleven a cabo las actividades previstas en el “Programa” estén en las condiciones de seguridad y accesibilidad precisas, conforme a las disposiciones legales aplicables y que sean
adecuadas a los fines que recoge este convenio y a sus alumnos.
2. La Universidad suscribirá, o velará porque lo haga, la entidad a la que pueda encomendarle alguna o algunas de las actividades contenidas en el “Programa”, un contrato
de seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos de daños o accidentes de
los mayores que participan en las actividades de cualquier tipo, relacionadas con el programa o los que puedan causar los profesionales o el personal que participe en el mismo o se
derive de su ejecución.
Novena
Comisión de seguimiento del Programa
Se constituirá una Comisión paritaria de seguimiento del Convenio compuesta por dos
representantes de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia y dos re-

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