Madrid número 11 (BOCM-20210525-102)
Procedimiento 797/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 123

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
102

MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN CABRERA DELGADO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 797/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER VILLENA GARRIDO frente a CALIFUGADOS Y CONDUCTOS HIPANICA S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha
dictado SENTENCIA cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por D. Francisco Javier Villena Garrido, contra,
CALIFUGADOS Y CONDUCTOS HISPÁNICA S.L., en reclamación por despido y cantidad, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el demandante con
efectos de 27-3-2020, declarando la extinción de la relación laboral existente entre las partes, condenando a la empresa demandada a abonar al actor, una indemnización en cuantía
de 2.832,28 euros, y otros 6.372,63 euros, en concepto de salarios de tramitación, así como
la cantidad de 2.194,20 euros, por los conceptos salariales y periodos indicados.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2509-0000-61-0797-20 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2509-0000-61-0797-20.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CALIFUGADOS Y
CONDUCTOS HIPANICA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210525-102

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.