Boadilla del Monte (BOCM-20210525-33)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 123

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 2346/2021, de fecha 12 de mayo, cuya parte dispositiva
resulta del siguiente tenor:
“1.o No aceptar la propuesta formulada por el tribunal calificador tras sesión celebrada con fecha 5 de marzo de 2021, para el nombramiento como funcionaria de carrera de la
aspirante doña Gloria Tejero Povedano, por cuanto, a la vista de la documentación aportada por la misma al Departamento de Personal en fecha 19 de abril de 2021, durante el plazo concedido al efecto, se constata que no cumple con el requisito exigido en la base 3.e)
de las específicas que rigen la convocatoria del proceso selectivo para la cobertura en propiedad, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de Técnico de Medioambiente, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica,
Clase Media, Grupo A, Subgrupo A2, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, quedando
anuladas todas las actuaciones efectuadas en el procedimiento respecto a la misma.
2.o Requerir al tribunal calificador, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas,
relación complementaria de los aspirantes siguientes a la propuesta, para el nombramiento
como funcionario de carrera, todo ello en cumplimiento de lo previsto en el apartado 11.o
de las bases específicas.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal
(http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014,
de 10 de abril de 2014.

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