Madrid (BOCM-20210524-44)
Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Padrón fiscal actividades económicas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 122

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia Tributaria Madrid

BOCM-20210524-44

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de
febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal, se expone al
público el censo de dicho impuesto remitido por la Administración Tributaria del Estado,
que comprende los datos censales correspondientes al ejercicio 2021 de cuotas mínimas
municipales del Ayuntamiento de Madrid, cuotas provinciales de la Comunidad de Madrid,
y cuotas nacionales de las personas o entidades que tengan su domicilio fiscal en el término municipal de Madrid a los efectos del impuesto.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago que podrán
consultar la información relativa a sus datos durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, según se indica a continuación:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 915 298 210 (010 si llama desde la ciudad de Madrid).
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Tanto en
el teléfono anterior, como en la dirección web www.madrid.es/oaic, figura la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa y medidas preventivas).
Contra el acto de inclusión o exclusión del censo, o de variación de los datos contenidos en el mismo, podrá interponer recurso de reposición potestativo ante el/la jefe/a de la
Dependencia de Gestión o ante el/la administrador/a de la Administración Tributaria del
Estado que dicta el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día inmediato siguiente al
del término del período de exposición pública, o reclamación ante el Tribunal EconómicoAdministrativo competente en el mismo plazo, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos, conforme a lo previsto en los artículos 91 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 4 y 15 del mencionado Real Decreto 243/1995,
de 17 de febrero.
El presente anuncio será expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 18 de mayo de 2021.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid,
Gema T. Pérez Ramón.
(01/17.855/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791