Madrid número 21 (BOCM-20210524-137)
Ejecución 58/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 246

LUNES 24 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 122

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 58/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. METIN TOPUZ frente a DERSIM KEBAB PIZZA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
SE DECLARA:
- Extinguida la relación laboral entre D. Metin Topuz y la mercantil “Dersim Kebab
Pizza S.L.” con efectos de esta resolución, 22/04/2021.
- Se condena a “Dersim Kebab Pizza S.L.” a satisfacer al ejecutante, una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012,
y de 33 días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero,
Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a
una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta
resolución, que supone el importe de 1.052,60 euros.
- Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe 7.951,24 brutos, en concepto
de salarios de tramitación desde el despido (12/08/2020), hasta la fecha que encontró un
nuevo empleo el 1/03/2021 (201 días, al que ha de descontarse el período trabajado para
otra empresa, 14 días).
MODO IMPUGNACION.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no
suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DERSIM KEBAB
PIZZA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210524-137

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/15.255/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791