D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20210524-41)
Convenio –  Convenio de 6 de mayo de 2021, transitorio entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S. A., sobre la compensación de los viajes realizados con abono transportes en la red de cercanías de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 122

LUNES 24 DE MAYO DE 2021

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El presente Convenio, que tiene el descrito carácter transitorio, se suscribe con sujeción a las siguientes
CLAÚSULAS
Primero
Naturaleza del Convenio
El presente Convenio tiene naturaleza pública y carácter administrativo, con un contenido material de carácter no contractual, y como tal se encuentra sometido a la regulación
vigente en la materia, contenida esencialmente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En consecuencia, está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6
de dicho texto legal.
Segundo
Vigencia
El presente Convenio, de carácter transitorio, surtirá efecto a partir del 1 de enero
de 2021 y tendrá vigencia hasta la suscripción de un nuevo Convenio definitivo, finalizando su aplicación, en todo caso, a 31 de diciembre de 2021.
En el caso de extinción del presente Convenio por causa distinta a alguna de las recogidas en su texto, la Comisión de Seguimiento propondría al Director Gerente del CRTM y
a la Dirección, de Cercanías de Madrid de Rente Viajeros los criterios de articulación entre
las dos entidades hasta la firma de un nuevo Convenio.
Tercero
Contenido y aplicación del Convenio Transitorio

BOCM-20210524-41

Hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio, Renfe Viajeros y CRTM pactan la plena aplicación del suscrito el 28 de octubre de 2015, que se mantiene en todo su contenido,
con la única salvedad y en los términos fijados en la cláusula tercera del Convenio Transitorio de 12 de febrero de 2019.
Y, en prueba de conformidad y aceptación de cuanto antecede, los intervinientes firman el presente Convenio Transitorio, en duplicado ejemplar, y a un solo efecto en el lugar
y fecha indicados en el encabezamiento.
Madrid, a 6 de mayo de 2021.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos
Regulares de Madrid, David Pérez García.—Por Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S. A., Isaías Táboas Suárez.
(03/17.428/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791